Res 948 explicada: qué cambia en los RIPS y cómo preparar tu institución

El Ministerio de Salud expidió la Res 948 de 2026, y con ella se redefinen las reglas del juego para la facturación electrónica y los RIPS en el sector salud colombiano. Esta nueva resolución, vigente desde el 14 de mayo, deroga las resoluciones 2275 de 2023, 558 y 1884 de 2024, consolidando todo en un solo marco normativo actualizado, entrando en vigencia a partir de junio del 2026.
Si tu clínica, IPS, hospital y/o E.S.E factura servicios de salud, es importante que conozcas los cambios y cómo implementarlos en tu institución. En este blog de contamos los cambios y actualizaciones que trae la norma.
¿Qué cambia con la Res 948 para tu IPS o consultorio?
La Res 948 no es un cambio de modelo, sino una consolidación que corrige vacíos, amplía el alcance a nuevos actores y agiliza la forma en que se actualizarán las reglas técnicas/nuevos campos para la generación de RIPS. Estos son los cambios que trae la resolución:
1. Código Único de Contrato (CUCON): sin contrato registrado, no puedes facturar. Este es el cambio de mayor impacto práctico. La Res 948 de 2026 establece que todo contrato entre un prestador y una EPS debe estar cargado en el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial (SIIFA).
Al cargarlo, el sistema genera automáticamente un código alfanumérico de 64 caracteres llamado CUCON (Código Único de Contrato). Sin ese código, la factura no puede radicarse. Hay excepciones puntuales — urgencias sin contrato vigente, atenciones a cargo de ADRES o SOAT, y órdenes judiciales.
2. Los documentos técnicos ahora se actualizan sin nueva resolución: Antes, cambiar un campo de validación o ajustar una regla técnica del RIPS requería expedir una nueva resolución. La Res 948 saca esos detalles del cuerpo de la norma y los convierte en documentos técnicos publicados en el micrositio del SISPRO.
Para cumplir este punto es clave contar con un aliado tecnológico, cuya solución de software esté siempre actualizado a la norma colombiana y te permita tanto optimizar como agilizar procesos en tu institución.
3. Se formaliza la Nota de Ajuste RIPS: Ahora existe un instrumento oficial para corregir datos clínicos del RIPS sin afectar el valor de la factura. Si hubo un error en un código de diagnóstico pero el cobro está bien, ya no hay que recurrir a notas crédito o débito; la nota de ajuste resuelve el problema sin tocar la parte financiera.
4. Nuevas exclusiones explícitas: Los centros de reconocimiento de conductores, cirugía estética, medicina alternativa sin financiación pública y centros de investigación quedan formalmente por fuera de la obligación de RIPS, aunque siguen facturando electrónicamente ante la DIAN.
5. Las EPS ya no pueden definir reglas: La resolución prohíbe expresamente que los pagadores agreguen validaciones adicionales o exijan campos extra como condición para recibir facturas. El incumplimiento queda sujeto a la Superintendencia Nacional de Salud.

Fechas clave de la Res 948 que no puedes pasar por alto
La Res 948 viene con un nuevo cronograma de implementación. Hasta ahora, el Mecanismo Único de Validación (MUV) aplicaba ciertas reglas de validación en modo “notificación”, es decir, si los RIPS tenían un error en esos campos, el sistema te avisaba pero aún así generaba el CUV y la factura podía seguir su curso. A partir del 1 de junio de 2026, esas mismas reglas pasan a modo “rechazo”. Esto significa que los errores que antes eran solo una advertencia ahora impedirán que se genere el CUV, y sin CUV, la factura queda bloqueada y sin posibilidad de cobro.
Adicionalmente, desde el 1 de julio de 2026, serán exigibles los ajustes técnicos estructurales de software conforme a los nuevos Documentos Técnicos publicados en el micrositio del SISPRO. Por eso es fundamental contar con un software de gestión especializado en salud que se mantenga actualizado conforme a la normatividad vigente. Una opción a evaluar es eMedicoERP,un software 100% en la nube e integral que se mantiene al día con la normativa colombiana.
¿Qué debe hacer tu institución de salud frente a la Res 948?
Lo primero es verificar que los contratos con tus pagadores estén cargados en el SIIFA y que cuentes con el CUCON correspondiente. Sin ese código, a partir de las fechas establecidas no podrás radicar facturas. Lo segundo es contar con un software especializado que te permita incorporar los Documentos Técnicos 1 y 2 publicados en la página de SISPRO y a la vez permita un flujo de trabajo optimizado para la validación efectiva de los RIPS.
El riesgo de no actuar a tiempo es concreto: facturas rechazadas, radicaciones bloqueadas y cobros que no avanzan. En un sector donde el flujo de caja ya es un desafío, sumar semanas de reproceso por incumplimiento técnico puede comprometer.
La Res 948 ya es una realidad y los plazos no esperan. Cada día sin prepararse es un día más cerca de facturas rechazadas y cobros detenidos. Si quieres conocer cómo un software actualizado puede simplificar este proceso para tu IPS, clínica o consultorio, agenda una demo con nuestro equipo y resuelve tus dudas antes de que lleguen las fechas límite.
No dejes que la Res 948 te tome por sorpresa
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